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27 de julio de 2024

Qué enojó al hombre que tiró excremento al edificio judicial

Un hombre de 70 años fue imputado por atacar con materia fecal el Ministerio Público Fiscal y el Juzgado de Paz de San Martín de los Andes. Conocé el motivo.

El hombre de 70 años que fue imputado por la fiscal Inés Gérez por arrojar materia fecal contra el edificio del Ministerio Público Fiscal (MPF) y del Juzgado de Paz de San Martín de los Andes decidió reaccionar de esa manera porque, según argumentó, desestimaron las denuncias que presentó oportunamente por diversos motivos.

El hombre había denunciado en la Justicia que al no poder pagar los servicios (luz y agua) de  la vivienda que alquilaba, el dueño decidió cortarle los mismos. La fiscal del caso sostuvo que el imputado actuó arrojando excremento de gato a modo de venganza porque las denuncias fueron desestimadas o archivadas por las áreas judiciales.

De acuerdo a la información brindada por Gérez, el hombre (identificado con las iniciales J.M.R) el 17 de mayo a las 7.40 preparó un líquido con materia fecal y lo arrojó en el frente del edificio del Ministerio Público Fiscal, ubicado en Roca al 950 de la localidad cordillerana. Por la filtración de la sustancia arrojada provocó daños en el interior de las oficinal, lo que impidió el normal funcionamiento de la fiscalía durante la jornada. Cinco días después, antes de las 8 de la mañana, derramó la materia fecal sobre el frente del Juzgado de Paz, ubicado en San Martín y Drury, que tuvo que interrumpir la atención al público.

Ante la falta de respuestas a sus denuncias, el 15 de julio volvió a cometer el mismo ataque en el Ministerio Público Fiscal, ensuciando paredes, la puerta de acceso y ventanas, lo cual afectó la atención al público en áreas del organismo. Seis días después, a las 19.20, volvió a actuar de modo similar en el mismo edificio.

La fiscal del caso le atribuyó el delito de daño agravado en concurso ideal con impedimento de un acto funcional y estorbo de un acto funcional (dos hechos). Además se le impuso la prohibición de acercarse a ambos edificios y de ejercer cualquier acto de perturbación hacia el personal que trabaja en las dependencias judiciales.

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